Reclamación de morosidad en comunidades de vecinos en Valladolid

Reclamación de morosidad en Valladolid

EXPERTOS EN RECLAMACIÓN DE MOROSIDAD EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

GAMO Abogados cuenta con un equipo de letrados expertos en reclamación de morosidad de Comunidades de Vecinos en Valladolid. La reclamación de morosidad en Comunidades de Propietarios es un proceso necesario para garantizar la adecuada gestión económica de la misma de forma que la Comunidad disponga de recursos financieros orientados al oportuno mantenimiento de las instalaciones del edificio y sus servicios. Cuando los propietarios no pagan sus cuotas, pueden generar una serie de problemas que afectan a toda la Comunidad, como retrasos en el pago de facturas, falta de recursos económicos para llevar a cabo el mantenimiento y las reparaciones necesarias, intereses de demora y recargos adicionales.

Es importante que los propietarios sean conscientes de que el pago de las cuotas comunitarias es una obligación legal y moral y que el incumplimiento de esta obligación puede tener consecuencias graves para la Comunidad.

Conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, la Comunidad de vecinos podrá solicitar el pago de todas las cantidades que le sean debidas por el vecino moroso, ya sea en concepto de gastos comunes, ordinarios o extraordinarios.

La primera opción siempre será solucionar el problema de impago por parte de un vecino de manera amistosa por vía extrajudicial, con el objetivo de que se ponga al día con todas las deudas que hubiera adquirido con la Comunidad de Vecinos.

Si esta primera opción no funciona y es imposible llegar a un acuerdo, el siguiente paso es una reclamación por la vía judicial. El proceso de reclamación de morosidad de Comunidades de Propietarios te lo explicamos en detalle a continuación.

PROCESO DE RECLAMACIÓN DE DEUDA DE UN MOROSO EN LA COMUNIDAD DE VECINOS

1. Convocar y celebrar una Junta de Propietarios

Para poder reclamar una deuda a un vecino moroso, es preciso convocar una Junta y que el orden del día de esa reunión contemple la aprobación de la liquidación de la deuda del vecino que tiene recibos pendientes para con la Comunidad. Es importante que en la liquidación esté todo bien desglosado: fecha, concepto e importe adeudado por cada recibo. Además, en esta Junta debería facultarse al Presidente para reclamar la deuda judicialmente.

2. Notificación del acta DE LA JUNTA al vecino moroso

En un plazo de 10 días desde que se celebró la Junta General, se notificará al vecino moroso el acuerdo adoptado por la Junta, notificación que deberá dirigirse a la dirección informada por el propietario a efectos de notificaciones o, en su defecto, a la dirección de su propiedad en la Comunidad. Si no se consigue realizar la notificación por estas vías, se deberá colocar el acta en el tablón de anuncios de la Comunidad, procedimiento de notificación que tendrá plenos efectos jurídicos al cumplirse tres días de su exposición pública.

3. Enviar un burofax de reclamación extrajudicial al propietario moroso

Antes de acudir a la vía judicial, será necesario requerir al vecino moroso el pago de la deuda por un cauce fehaciente, mediante burofax con acuse de recibo. Este tendrá entre cinco y siete días para pagar la deuda.

4. Emitir un certificado de la deuda liquidada y aprobada en JUNTA

Si en el plazo requerido, el vecino moroso no paga lo que debe a la Comunidad y fuere necesario, en consecuencia, acudir a la vía judicial, el Secretario de la Comunidad (con el visto bueno del Presidente) emitirá un certificado de impago de deuda y del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios.

5. Vía judicial: proceso monitorio

Tras haberse procedido conforme a los 4 pasos anteriormente descritos, se podrá iniciar la vía judicial. Se acudirá preferentemente al proceso monitorio ya que se trata de un procedimiento rápido, ágil y muy eficaz que garantiza a la Comunidad de Propietarios la recuperación de las costas judiciales.

Una vez admitida a trámite la demanda, el moroso dispondrá de un plazo de 20 días para pagar o para oponerse. Si no hace nada, se podrá acudir a la ejecución forzosa, procedimiento que permite embargar bienes al deudor con el fin de saldar su deuda con la Comunidad.

Otra opción es que el deudor presente un escrito de oposición, lo que hará que el asunto se resuelva en juicio. Si la cuantía que debe es superior a 2.000€, el escrito deberá ir firmado por abogado y procurador. En este caso, la Comunidad deberá seguir adelantando el importe de las cuotas que no abona el vecino demandado y no podrá embargar al vecino hasta que se celebre el juicio.

Si su finca o comunidad se encuentra afectada por la morosidad de alguno de sus vecinos, el equipo de GAMO Abogados puede ayudarle a recuperar el dinero que le deben.

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