AYUDAS DIRIGIDAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA ORDINARIA

En GAMO Abogados analizamos a diario multitud de ayudas que puedan ajustarse a las necesidades de nuestros diferentes perfiles de clientes. Llamamos hoy su atención sobre la línea de ayudas para fomentar la formalización de contratos indefinidos ordinarios a tiempo completo publicado por la Junta de Castilla y León.

A continuación analizaremos quién puede ser beneficiario de la misma, qué requisitos se han de cumplir, cuál es la cuantía máxima a la que se puede acceder, y cuál es el plazo disponible para solicitarlas:

¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO?

Podrán ser beneficiarios los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.

Deberá formalizarse con personas que, en la fecha de inicio de su solicitud se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  • Menores de 35 años de edad.

  • Personas de entre 35 y 44 años de edad, ambas inclusive, que sean desempleadas de larga duración (personas cuyo período de inscripción como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo sea de, al menos, 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación para la que se solicita la subvención).

  • Personas de 45 o más años de edad.

¿QUÉ REQUISITOS HAN DE CUMPLIRSE?

Se deberán cumplir los siguientes requisitos para que las contrataciones puedan ser subvencionables:

1.- La contratación, transformación contractual o ampliación de jornada, se formalizará por escrito.

2.- Esta habrá de ir orientada a la prestación de servicios en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

3.- Se garantizará la estabilidad de la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada subvencionada, por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de la misma.

4.- En el año anterior a la fecha de inicio de la contratación, contado de fecha a fecha, no deben haberse producido bajas por extinción de relaciones laborales de trabajadores fijos en los códigos de cuenta de cotización de la empresa, entidad o trabajador por cuenta propia (autónomo personas físicas).

5.- En la fecha de inicio de la contratación, ésta deberá suponer un incremento sobre la plantilla media de la empresa, o trabajador por cuenta propia solicitante, en relación con la plantilla existente en los 6 meses anteriores a dicha fecha.

6.- No serán subvencionables las contrataciones formalizadas con trabajadores que, en los seis meses anteriores a la fecha de inicio de las mismas, hubieran mantenido relación laboral de algún tipo con la empresa.

¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA AYUDA?

La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.000 €, cantidad que se incrementará con los importes que se indican a continuación:

  • 2.000 €, si el trabajador contratado es menor de 35 años de edad, y además titulado universitario o técnico superior de Formación Profesional, para prestar sus servicios en empresas que tengan implementada la economía circular, debidamente acreditada mediante certificado emitido por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), o en empresas cuyo código CNAE-2009 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) figure en el Anexo adjunto a la convocatoria.

  • 1.500 €, si el trabajador contratado pertenece a alguno de los siguientes colectivos:

  • Mujeres.

  • Personas con discapacidad igual o superior al 33%.

  • Personas en riesgo de exclusión social, entendiendo por tales las beneficiarias de la “Renta Garantizada de Ciudadanía”, del “Ingreso Mínimo de Inserción” o de otras prestaciones económicas que se determinen en la convocatoria, así como las víctimas de terrorismo.

  • Personas inmigrantes, emigrantes castellanos y leoneses retornados, y personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo.

  • El incremento previsto no es acumulable si el trabajador pertenece a más de uno de los colectivos citados en este apartado.

  • 500 €, si la trabajadora contratada es una mujer víctima de violencia de género.

  • 500 €, si el centro de trabajo en que el trabajador contratado vaya a prestar sus servicios radica en un municipio de Castilla y León de menos de 5.000 habitantes.

GAMO ABOGADOS pone a su disposición un equipo multidisciplinar de profesionales que le ayudarán en la búsqueda, tramitación e impulso de expedientes administrativos de ayudas y subvenciones públicas.

Despacho de abogados laboralistas – GAMO Administración y Gestión S.L.

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